LA AUDIENCIA NACIONAL CONDENA A LA EMPRESA ESABE VIGILANCIA, S.A. A APLICAR LAS TABLAS SALARIALES DEL CONVENIO
COLECTIVO ESTATAL DE EMPRESAS DE SEGURIDAD, Y LE CONDENA A ABONAR A CADA UNO DE
LOS TRABAJADORES DE LA MISMA LA CANTIDAD QUE LES CORRESPONDE POR APLICACIÓN DE
LAS TABLAS MÁS EL 10% DE INTERÉS POR MORA.
Tal y como habíamos comentado y
dentro de la estrategia planteada para conseguir que la Empresa ESABE, S.A.
pague a todos los trabajadores las tablas establecidas en el Convenio Colectivo
así como la cuantía correcta de las pagas extraordinarias, evitando en la
medida de lo posible la interposición de demandas individuales que muchos
trabajadores no efectúan,
hemos recibido la primera Sentencia de los tres procedimientos interpuestos
ante la Audiencia Nacional.
Tenemos que destacar que se trata
de una de las primeras sentencias en las que por vía de conflicto colectivo y
con base a la nueva posibilidad establecida en la Ley Reguladora de la
Jurisdicción Social se plantea la posibilidad de la ejecución de una sentencia
de conflicto colectivo con efectos respecto al colectivo de trabajadores
afectados por la misma, significando como la propia sentencia manifiesta expresamente
la condena a ESABE VIGILANCIA, S.A. a abonar a cada uno de los trabajadores de
la empresa la cantidad que les corresponde por aplicación de las tablas
salariales más el 10% de interés por mora.
Esta sentencia aún no es firme
pues contra la misma cabe la posibilidad de interponer Recurso de Casación al
Tribunal Supremo por lo que habrá que esperar a esa firmeza para poder plantear
la ejecución que comentamos.
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