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martes, 21 de junio de 2016

Solicitud Placas TIP PVC

Desde esta sección sindical, tras conocerse que a los compañeros de blindados les van a proporcionar desde la empresa la placa de pvc, hemos presentado escrito solicitando que se entregue a todos los compañeros vigilamtes de seguridad.

Adjuntamos escrito:


viernes, 10 de junio de 2016

Denuncias presentadas a la Inspección de Trabajo

Aquí podéis ver las denuncias que se han presentado a la Inspección de Trabajo, relativas a permisos retribuidos, vacaciones y deficit de jornada. Todas ellas a través del comité de empresa de Prosegur SIS España - Madrid, promovidas por la sección sindical de CC.OO.









¡HASTA AQUÍ HEMOS LLEGADO... ESTAMOS CANSADOS DE MENTIRAS Y DE QUE NOS METAN LA MANO EN LOS BOLSILLOS!

Compañer@s, os suenan las frases mágicas de los gestores:

“Debías horas de otros meses... y por eso no te pago las horas extras de este mes".

“Debías horas del año pasado”...y por eso no te pago las horas extras de este mes.“

"Te hemos puesto vacaciones para llegar a las horas..y decido yo cuando te vas de vacaciones con tu pareja e hijos“

"los permisos retribuidos computan a 5 horas..y no al número de horas que tengas asignadas en cuadrante y si generas déficit volvemos al primer punto."
 
Pues bien, desde la Sección Sindical de CCOO nos hemos cansado de estos mamoneos y hemos pasado a la acción.
 
1º Hemos promovido desde el comité de empresa la interposición de varias denuncias en la inspección de trabajo.

2º Pedimos a todos los compañer@s que cuando un gestor os diga alguna de las frases antes indicadas, os pongáis en contacto con nosotros.

 
Seguiremos informando.

"Los derechos se toman, no se piden: se arrancan, no se mendigan"

                                           José Martí

miércoles, 8 de junio de 2016

Nuevas habilitaciones T.I.P. sin número de DNI

El Tribunal Supremo ratificó la Sentencia dictada por la Sección 5ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la audiencia nacional, donde dice que debe ser eliminado de la tarjeta TIP el DNI.

La Agrupación de Seguridad Privada de CC.OO. nos comunica que todavía no ha recibido instrucciones de la UCSP, de cómo se va a proceder ni qué documentación se va a exigir para la sustitución de la TIP.

De momento, no hay que acudir a dicha Unidad, hasta que no se reciba la confirmación  y la información de la documentación que se va a exigir para dicho canje.

Ya nos informarán de cuándo se procederá a la sustitución  de la TIP.

Entendemos que la sutitución deberá ser gratuita.

Os mantendremos informados

viernes, 3 de junio de 2016

Duro varapalo para la Empresa Marsegur

La Audiencia Nacional anula el Convenio de la Empresa Marsegur, dedicada a la prestación de servicios de seguridad privada y quien, según la propia sentencia, aplicaba a sus trabajadores y trabajadoras un convenio negociado de forma ilegal con mermas económicas, en comparación al Convenio Nacional de Empresas de Seguridad Privada, superiores a los 300 euros mensuales.

La demanda, presentada por CCOO de Construcción y Servicios, en conjunción con otras organizaciones, exigía que se dictaminara, por parte de ese Tribunal, la ilegalidad del Convenio de Marsegur, obligándole a aplicar a sus trabajadores y trabajadoras el acuerdo estatal.

Esta sentencia, en opinión de José Manuel Ojeda, Secretario General de CCOO y Servicios en Canarias, representa un duro golpe a esa Empresa, quien ha demostrado no tener escrúpulos a la hora de reducir los derechos laborales de su plantilla con el único propósito de aumentar su ventaja frente a otras en las licitaciones de las Administraciones Públicas, facilitando su auge en buena parte del territorio nacional.

jueves, 2 de junio de 2016

5 puntos que debe cumplir una subrogación

Toda subrogación de servicios debe contener los siguientes puntos:

1.- El cambio de titularidad de la empresa no extinguirá la relación laboral, por lo que no hay que firmar documento alguno que lleve implícita la renuncia de cualquier derecho que tengamos reconocido en la anterior empresa.

2.- La antigüedad mínima real de los trabajdores afectados en el servicio objeto de subrogación, deberá ser de 7 meses.

3.- Procederá la subrogación cuando la antigüedad en la empresa y en el servicio coincidan, aunque aquella sea inferior a 7 meses.

4.- La empresa cesante tendrá la facultad de quedarse con todos o parte de los trabajadores afectados por la subrogación.

5.- Cuando se nos haga entrega del recibo del finiquito siempre hay que firmarlo con el NO CONFORME, para dejar siempre abierta la posibilidad para demandar por posibles impagos. También puedes solicitar la presencia de un representante de los trabajadores a la hora de firmar el finiquito

Aclaración sobre períodos de recuperación de jornada

Os queremos recordar que el periodo para recuperar jornada se puede producir en dos casos:

1.- Si disponéis de cuadrante anual, entregado a vosotros personalmente (seguramente poco probable), existe un plazo de 1 año para recuperar jornada y que se aplique la horquilla en el mismo.

2.- Si no disponéis de cuadrante anual, el plazo es de dos meses posteriores al mes en el que no se ha llegado a 162 horas.

Si desde Operaciones os dicen que tenéis que recuperar jornada de años anteriores, o de hace más de dos meses sin cuadrante anual o cualquier asunto diferente a los dos citados, poneros en contacto con nosotros para reclamarlo y que no os apliquen medidas que perjudiquen vuestros derechos


Aclaración sobre permisos retribuidos

Nos están comunicando los compañeros/as, que, ante la petición de permisos retribuidos, en el Departamento de Operaciones les dicen que existe un acuerdo con el Comité de Empresa de que, si el permiso retribuido genera horas extras, no se paga, y si existe déficit de horas, sí.

Desde esta sección sindical os queremos confirmar que es totalmente falso que exista ese acuerdo con el Comité de Empresa.

La empresa ha cambiado unilateralmente el procedimiento de abono de los permisos retribuidos.

Esta sección sindical entiende que  el procedimiento realizado perjudica los derechos de todos los compañeros, por lo que hemos instado al Comité de Empresa a que presente denuncia en la Inspección de Trabajo.

Os informaremos del resultado de las gestiones.