SI QUIERES MÁS INFORMACIÓN Y DOCUMENTOS DETALLADOS PINCHA EN ESTA IMAGEN, DE CCOO Hábitat

viernes, 3 de abril de 2020

ERTE PROSEGUR SIS. Primera reunión


El día 3 de abril se ha celebrado la primera reunión de la comisión negociadora del Expediente de Regularización Temporal de Empleo (ERTE) presentado por Prosegur Soluciones Integrales de Seguridad España S.L.

La comisión negociadora por la parte social está compuesta por CCOO, UGT, USO Alternativa Sindical y CIG.

Desde nuestra Sección Sindical queremos tranquilizar a todos los compañer@s, por lo que seremos prudentes a la hora de trasmitir información. Somos muy conscientes de la situación actual y por ello, pedimos al resto de opciones sindicales unidad de acción y que estemos a la altura de las circunstancias.

La representación de la empresa nos ha trasladado que el motivo de tomar la decisión de realizar un ERTE no es otro que la actual situación de crisis generada por la pandemia mundial del COVID-19, que en nuestro ámbito se ha trasladado en un considerable incremento de la reducción/eliminación de horas contratadas por los clientes y que la medida se toma con la finalidad de para poder garantizar la viabilidad de la compañía.

En la documentación que ha aportado la empresa, según establece la Ley para este tipo de casos, traslada que existe una pérdida de 422.136 horas de servicio contratadas y un déficit de 127.566 horas de servicio producidas en cómputo mensual a nivel Estatal.

Desde CCOO nuestra línea de negociación será y así plantearemos en la próxima reunión convocada para el día 6 de abril.

·         Retirada del ERTE presentado por la Empresa y estudio de otras medidas menos lesivas.


¡QUÉ LOS TRABAJADORES NO PAGUEN ESTA CRISIS!



SUSPENSIÓN EJERCICIO 1 SEMESTRE / RENOVACIÓN LICENCIA


El 14 de marzo se declaro el estado de alarma, por lo que a partir de este momento se suspenden los plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos durante el plazo de vigencia del estado de alarma. 

Que afecta a los vigilantes de Seguridad:

  • Suspensión para aquellos que tuvieran que realizar el ejercicio de tiro durante le primer semestre de 2.020.
  • La licencia de armas cuyo periodo de vigencia venza durante el estado de alarma, queda automáticamente prorrogado por un periodo de 6 meses. 




jueves, 2 de abril de 2020

ERTE Prosegur

El 25 de marzo Prosegur comunico a todas las secciones sindicales, así como a sus comités de empresa la intención de realizar un ERTE (expediente de regulación temporal de empleo).

Una vez constituida la mesa negociadora, se ha fijado el viernes 3 de abril la primera de las reuniones. En esta primera reunión la empresa facilitará la documentación / información que la ley establece para estos casos.  



martes, 17 de marzo de 2020

Reunión motivo: CORONAVIRUS


Cuadro de texto: Sección Sindical de CC.OO. Prosegur Soluciones Integrales de Seguridad  España S.L. - Madrid
 C/ San Máximo 31,  2º Planta local 7, 28041 Madrid Telf.- 914754373 - 917923643
e-mail: ccooprosegurmadrid@gmail.com http://ccooprosegurmadrid.blogspot.com.es/
Con fecha 12 de marzo de 2.020, se ha mantenido una reunión con la empresa con objeto de tratar la situación actual respecto al nuevo coronavirus (SARS-COV-2).

Antes de nada, indicar que, desde el Ministerio de Sanidad, han calificado al Personal de Seguridad Privada como Baja Probabilidad de exposición, motivo por el cual no existe indicación alguna del Ministerio de Sanidad o del Ministerio del interior sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas adicionales para el personal de seguridad privada. Ante este criterio del Ministerio (que seguramente desconoce al completo nuestra actividad) podemos estar o no de acuerdo, pero lo que si queremos hacer es un llamamiento a la calma.

De lo tratado en la reunión y respecto a nuestras relaciones laborales con la empresa, indicaros lo que pasaría en el caso de contagio:

  •           El trabajador afectado. Baja y percibiría el 75% de la base reguladora, abonada por la Seguridad Social.
  •        Trabajadores que han mantenido contacto estrecho con el trabajador afectado. Ante este supuesto se dan los siguientes casos:


1.  Aislamiento Preventivo decretado por la autoridad sanitaria. En este caso la seguridad social abonaría el 75 % de la base Reguladora.
2.    La autoridad Sanitaria determina que no es necesario el aislamiento preventivo, pero la empresa decide que se quede en casa. En este caso la empresa abonara el salario al trabajador.
3.  Que la autoridad Sanitaria determine que no es necesario el aislamiento y la empresa esté de acuerdo. Se incorpora a su puesto de trabajo.

  •          Tengo fiebre y comunico la no asistencia a mi puesto de trabajo. En este caso la empresa NO SANCIONARA y aplicara un permiso sin retribuir. Si finalmente aporta la baja se le abona dependiendo de la patología (COVID-19 el 75% base reguladora o IT normal).


Otra duda que se nos ha planteado, dado que son muchos los clientes que han reducido o cesado su actividad, conllevando una reducción en el servicio que se venía prestando, es lo que pasaría con los vigilantes que temporalmente se quedaran sin servicio. En este caso la empresa nos informa que no tiene la intención de aplicar ningún ERTE (Expediente de regulación de empleo que supone la suspensión temporal del trabajo), se buscaran otras soluciones siendo la del ERTE la última opción.