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miércoles, 26 de octubre de 2016

¡Tenemos nuevo Comité de Empresa!



Compañeros y compañeras:

Desde el inicio de la presente legislatura del Comité de Empresa, la sección sindical de UGT se desmarcó del Comité de Empresa constituido por el resto de secciones sindicales, constituyendo uno diferente.

Hasta el día 24 de octubre han coexistido los dos, sin que la empresa adoptase una postura de legitimar al que estaba mayoritariamente constituido. Ya sabéis, “divide y vencerás”.

Nuestra sección sindical era consciente que esta situación perjudicaba los intereses de todos los trabajadores y trabajadoras, y, tras continuas peticiones a la empresa para que aceptase al Comité constituido por CCOO, ATES, USO Y ALTERNATIVA SINIDICAL, sin éxito, decidimos en la sección sindical de CC.OO. que la solución a esta situación totalmente anormal era presentar una demanda de tutela de derechos en vía judicial contra PROSEGUR y UGT, curiosamente éstos siempre van juntos.

Este proceso culminó en el Juzgado de lo Social nº 31 de Madrid el pasado día 19 de octubre.

Se adoptó por parte de todas las secciones sindicales el acuerdo de suprimir los dos Comités y elegir uno nuevo, siendo válidos los acuerdos que cada uno haya adoptado hasta la fecha.

Así, el pasado día 24 de octubre y en Comité de empresa constituido al efecto, se eligió nuevo Comité.

Se mantiene la Presidencia por CCOO, la Secretaría por USO y los delegados de salud laboral que ya existían en nuestro Comité.

Gracias a la decisión tomada por nuestra sección Sindical, se solucionó y desbloqueó una situación perjudicial para todo/as vosotros/as.

AHORA YA NO TIENEN EXCUSA! esperemos que se pongan a trabajar por el bien de todos los trabajadores.

Comunicación de despidos al Comité de Empresa

Compañeros y compañeras:

Hasta la fecha de hoy, la empresa comunicaba sólo en le comité de sanciones las faltas graves y muy graves, pero no comunicaba los despidos.

en nuestra Sección Sindical pensamos que esto había que cambiarlo, ya que, si no lo comunicaba, podía ocultar posibles situaciones de despidos colectivos.

Por ello solicitamos, a través del Comité de empresa, a la Inspección de Trabajo que resolviera a favor de que comunicase los mismos.

Y así ha sido. La Inspección de Trabajo ha emitido una resolución por la que obliga a la empresa a comunicar al Comité de Empresa los despidos que se produzcan.





lunes, 17 de octubre de 2016

Sentencia retribución en vacaciones Seguridad Privada

Estimadas compañeras y compañeros:


​H​a sido notificada la Sentencia dictada por el Tribunal Supremo que confirma la Sentencia de la Audiencia Nacional ante la demanda presentada por CCOO de Construcción y Servicios y otras organizaciones sindicales y en virtud de la cual se anuló el art. 45.2 del Convenio del sector de empresas de seguridad para el año 2015, debiendo incluirse en la retribución de las vacaciones, además de los conceptos incluidos en la tabla de retribuciones del Anexo, los demás complementos de puesto de trabajo contenidos en el art. 66.2 del Convenio.



Dado que, ante las reclamaciones individuales planteadas por los trabajadores y trabajadoras, algunas Empresas han opuesto la litispendencia de este asunto, ponemos en vuestro conocimiento que tal causa ha cesado por lo que procede reactivar las reclamaciones que estén en curso para su resolución definitiva. 

Adjuntamos la sentencia completa en la página "Sentencias interesantes"