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lunes, 20 de mayo de 2013

PROYECTO DE SEGREGACIÓN DE PROSEGUR COMPAÑIA DE SEGURIDAD S.A.



El pasado día 25 de febrero de 2013, el  Consejo de Administración de PROSEGUR y el Administrador Único de PROSEGUR ESPAÑA S.L    acuerdan suscribir  el proyecto de segregación de la rama de la actividad de  seguridad  privada de PROSEGUR  en España a favor de su filial  PROSEGUR ESPAÑA S.L al 100%. Así pues, en un futuro no muy lejano, los trabajadores  pasaremos a PROSEGUR  ESPAÑA S.L  con domicilio social en la calle de los Pajaritos Nº 24 de Madrid . 
 PROSEGUR ESPAÑA S.L  está inscrita en el Registro Mercantil  de  Madrid, tomo 30671 Folio 159, Hoja Numero: M-551958 y Numero de NIF: B-86657640.
EFECTOS SOBRE EL EMPLEO. Según fuentes  de nuestro sindicato  consultadas por esta  Sección Sindical el proyecto de segregación, de acuerdo con el art.  44 del Estatuto de los Trabajadores  regulador de los supuestos de sucesiones de empresa, la sociedad beneficiaria de la segregación (PROSEGUR ESPAÑA S.L) se subrogara en los derechos y obligaciones laborales de los trabajadores de la sociedad segregada  afectados a la rama de actividad de seguridad privada de PROSEGUR en España.
Así pues,  en principio el cambio de empresa no implicará modificación alguna en las condiciones laborales de los trabajadores.  Según la empresa, la finalidad de esta segregación es “racionalizar las actividades económicas del grupo para conseguir una gestión mas eficiente  y de esta forma diversificar el riesgo económico de cada división”.

viernes, 17 de mayo de 2013

ABONO HORAS



Después de la renegociación del Convenio Colectivo, el artículo 41. Jornada de trabajo, queda de la siguiente manera:

“La jornada de trabajo será de 1.782 horas anuales de trabajo efectivo en computo mensual, con una horquilla de 144 a 176 horas, excepto en el mes de febrero que será de 134 a 162. En caso de contratación a tiempo parcial esta horquilla se ajustara proporcionalmente a las horas contratadas. No obstante, las Empresas, de acuerdo con la Representación de los Trabajadores podrán establecer formulas alternativas para el cálculo de la jornada mensual a realizar”

“La aplicación de esta forma de distribución irregular de la jornada mensual no implicara variación alguna respecto de la forma en que se devengan y abonan las remuneraciones ordinarias pactadas en el convenio, debiendo percibirse la remuneración de las tablas salariales fijadas en el convenio, con independencia del número de horas efectivamente realizadas.”

En otra parte de este artículo se indica:

1. A 31/12/2013 el 35% de los servicios de la empresa dispondrá de cuadrante anual.
2. A 31/12/2014 el 65% de los servicios dispondrá de cuadrante anual.

Esta novedad como hemos podido comprobar puesto que ya ha sido aplicada por Prosegur en la nomina de Abril.  En la misma se puede observar que solo se abonan horas extras a mes vencido las que superan la horquilla de 176 horas mensuales.

Reunidos con la empresa para aclarar cómo van a aplicar este artículo, nos informan:


  •   Facilitaran cuadrantes dentro de la horquilla, en ningún caso inferior a 144 horas mensuales. (Excepto febrero 134 horas)
  • Abonaran a mes vencido todas las horas que superen las 176 mensuales. (Excepto febrero 162 horas).
  •  Todos los complementos realizados con las horas extras serán abonados a mes vencido (nocturnidad, peligrosidad cuando se dé el caso, festivos, etc.
  • El resto del cálculo será anual y se abonaran todas las horas  que superen las 1782 al finalizar el año en la nomina de enero de 2014. No se compensan estas horas con días libres.
  •  Se empezará con la implantación de cuadrantes anuales a partir del  1 de junio de 2.013.


Se generaron diversas cuestiones  pendientes de responder o llegar a un acuerdo con la empresa:


  • Como será el pago de los Permisos retribuidos.

  • Abono de las horas extras a mes vencido donde este implantado el cuadrante anual  y se sepa que los asignados a ese cuadrante superan las 1782 horas anuales.

Informaremos de estas y mas cuestiones que se generen sobre este tema.

SE FIRMA EL CONVENIO DE SERVIMAX

Ya esta firmado el Convenio Colectivo de Servimas Servicios Generales para los años 2.013-2.014. Ha sido firmado por la empresa y los sindicatos UGT y USO.

Este convenio a sufrido un recorte salarial respecto al anterior.


martes, 7 de mayo de 2013

ACTA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO

Este es el acta de fecha 6 de mayo de 2.013 donde se da nueva redacción al articulo 14 del actual convenio colectivo. En el se incluye la subrogación de los servicios de transporte de fondos ( manipulado de efectivo, cajeros automáticos, transporte y distribución)