jueves, 5 de noviembre de 2015
jueves, 29 de octubre de 2015
PROSEGUR: NUEVO UNIFORME
El día 9 de diciembre de 2.015 se hara efectivo el cambio de la nueva uniformidad para todo el personal de vigilancia de PROSEGUR SOLUCIONES INTEGRALES DE SEGURIDAD ESPAÑA. En la delegación de Madrid se proporcionaran las nuevas prendas a partir del 2 de noviembre y hasta el 30 de noviembre de 2.015, el reparto se realizara por orden alfabetico en las instalaciones que tiene la empresa en el Paseo de las Acacias 51, en horario de 08:00-19:00.
viernes, 2 de octubre de 2015
Tablas salariales año 2016. Convenio Seguridad Privada
Tablas salariales para el 2016. Una con el periodo de aplicación de enero de 2016 a junio de 2016 y la otra desde julio de 2016 a diciembre de 2016
viernes, 18 de septiembre de 2015
Publicación Convenio Colectivo Seguridad Privada 2015-2016
Con fecha 18 de septiembre se ha publicado en el BOE el Convenio Colectivo Estatal de empresas de Seguridad Privada para el año 2015 - 2016.
https://www.boe.es/boe/dias/2015/09/18/pdfs/BOE-A-2015-10069.pdf
https://www.boe.es/boe/dias/2015/09/18/pdfs/BOE-A-2015-10069.pdf
martes, 15 de septiembre de 2015
LOS CAMBIOS DEL ADELANTO DEL IRPF EN TU TRABAJO Y TU NOMINA
El adelanto de la reforma fiscal prevista para 2016 ha supuesto un
cambio en los tipos de IRPF y por lo tanto en tu salario, pero este no
es el único cambio laboral.
El pasado mes de julio el Gobierno sorprendió a todo el mundo con el adelanto de la segunda parte de la reforma fiscal que debía implementarse en 2016. La consecuencia más inmediata para la mayoría de trabajadores ha sido mayor renta disponible, Y es que la reforma ha servido para bajar los tipos de IRPF y por lo tanto las retenciones que se practican en la nómina. La traducción ha sido que el sueldo se ha incrementado una media de 12 euros al mes, aunque la cantidad concreta dependerá de cada trabajador.
Para que entiendas mejor por qué, sólo debes fijarte en cómo han cambiado las tablas de IRPF previstas para 2015 y las que finalmente se aplicarán, que son las siguientes.
En términos generales, la rebaja está entre el medio punto y el punto porcentual, dependiendo del tramo del que se trate.
Pero este no ha sido el único aspecto que afecta a los trabajadores y al ámbito laboral. El adelanto de la reforma trae otra serie de novedades que conviene que conozcan, tanto si eres autónomo como empleado.
Restricciones en las indemnizaciones por despido
La indeminización por despido está exenta de tributar hasta 180.000 euros para los despidos posteriores al 1 de agosto de 2014 y lo que sean consecuencia de un ERE o un despido colectivo comunicado también con anterioridad a esa fecha.
El adelanto de la reforma incluye un requisito adicional para que las cantidades permanezcan exentas, y es que el trabajador no podrá volver a ser contratado por la empresa que le despidió u otras compañías vinculadas en un plazo de tres años. El objetivo de esta medida es la de evitar ciertas políticas de despidos y contrataciones de determinadas empresas y que también beneficiaban al trabajador desde un punto de vista fiscal. Si incumple este requisito, deberá tributar por el paro percibido como si fuese una renta del trabajo más.
Reducción para las indemnizaciones fraccionadas
La nueva ley también prevé una reducción del 30 % para las indemnizaciones por despidos laborales que se perciban de forma fraccionadas. Quienes quieran beneficiarse de esta medida deberán acreditar que el coeficiente resultante de dividir el número de años en los que se trabajó, computados de fecha en fecha, entre el número de periodos impositivos de fraccionamiento, es superior a dos.
En cualquier caso, el límite de la indemnización será de 1.000.000 de euros, capital a partir del cual no se aplicará reducción alguna, y también se empezará a limitar el capital a partir de los 700.000 euros.
Cambios en la reducción por movilidad
El IRPF ya prevé una reducción por movilidad geográfica de la que se podrán beneficiar los desempleados que hayan aceptado un puesto de trabajo en un municipio diferente al suyo de residencia.
Esta deducción es de 2.000 euros con el límite de los rendimientos íntegros del trabajo. Dicho de otra forma, el resultado de restar ese dinero a los ingresos salariales no puede ser negativo.
Los últimos cambios normativos han adelantado una modificación según la deducción sólo se podrá aplicar sobre sobre los rendimientos del trabajo referidos al empleo que consiguió a través de la movilidad. De esta forma, si una persona ha dos trabajos, no podrá beneficiarse de este beneficio para el segundo o el primero de ellos que no tenían que ver con un cambio de municipio, según explica Carmen Bujan.
La exención por entrega de acciones
La entrega de acciones a los trabajadores se hace más equitativa con el adelanto de la reforma. Y es que bajo la nueva normativa sólo quedarán exentas de tributar cuando la oferta se aplique a todos los trabajadores por igual. Dicho de otra forma, se terminan con los privilegios de la clase directiva en la retribución con acciones de la empresa.
Además, será necesario mantener los títulos durante un periodo mínimo de tres años.
Los gastos de estudio ya no serán retribución en especie
Cuando la empresa haga un desembolso para formar a los empleados y reciclar al personal, el dinero pagado ya no se considerará retribución en especie siempre que se trate de formaciones exigidas por sus actividades o puestos de trabajo.
Exención de los gastos de transporte
Por su parte, el dinero que los trabajadores reciban de forma directa o indirecta para desplazarse hasta el trabajo en transporte público quedarán exentas hasta los 1.500 euros.
El pasado mes de julio el Gobierno sorprendió a todo el mundo con el adelanto de la segunda parte de la reforma fiscal que debía implementarse en 2016. La consecuencia más inmediata para la mayoría de trabajadores ha sido mayor renta disponible, Y es que la reforma ha servido para bajar los tipos de IRPF y por lo tanto las retenciones que se practican en la nómina. La traducción ha sido que el sueldo se ha incrementado una media de 12 euros al mes, aunque la cantidad concreta dependerá de cada trabajador.
Para que entiendas mejor por qué, sólo debes fijarte en cómo han cambiado las tablas de IRPF previstas para 2015 y las que finalmente se aplicarán, que son las siguientes.
En términos generales, la rebaja está entre el medio punto y el punto porcentual, dependiendo del tramo del que se trate.
Pero este no ha sido el único aspecto que afecta a los trabajadores y al ámbito laboral. El adelanto de la reforma trae otra serie de novedades que conviene que conozcan, tanto si eres autónomo como empleado.
Restricciones en las indemnizaciones por despido
La indeminización por despido está exenta de tributar hasta 180.000 euros para los despidos posteriores al 1 de agosto de 2014 y lo que sean consecuencia de un ERE o un despido colectivo comunicado también con anterioridad a esa fecha.
El adelanto de la reforma incluye un requisito adicional para que las cantidades permanezcan exentas, y es que el trabajador no podrá volver a ser contratado por la empresa que le despidió u otras compañías vinculadas en un plazo de tres años. El objetivo de esta medida es la de evitar ciertas políticas de despidos y contrataciones de determinadas empresas y que también beneficiaban al trabajador desde un punto de vista fiscal. Si incumple este requisito, deberá tributar por el paro percibido como si fuese una renta del trabajo más.
Reducción para las indemnizaciones fraccionadas
La nueva ley también prevé una reducción del 30 % para las indemnizaciones por despidos laborales que se perciban de forma fraccionadas. Quienes quieran beneficiarse de esta medida deberán acreditar que el coeficiente resultante de dividir el número de años en los que se trabajó, computados de fecha en fecha, entre el número de periodos impositivos de fraccionamiento, es superior a dos.
En cualquier caso, el límite de la indemnización será de 1.000.000 de euros, capital a partir del cual no se aplicará reducción alguna, y también se empezará a limitar el capital a partir de los 700.000 euros.
Cambios en la reducción por movilidad
El IRPF ya prevé una reducción por movilidad geográfica de la que se podrán beneficiar los desempleados que hayan aceptado un puesto de trabajo en un municipio diferente al suyo de residencia.
Esta deducción es de 2.000 euros con el límite de los rendimientos íntegros del trabajo. Dicho de otra forma, el resultado de restar ese dinero a los ingresos salariales no puede ser negativo.
Los últimos cambios normativos han adelantado una modificación según la deducción sólo se podrá aplicar sobre sobre los rendimientos del trabajo referidos al empleo que consiguió a través de la movilidad. De esta forma, si una persona ha dos trabajos, no podrá beneficiarse de este beneficio para el segundo o el primero de ellos que no tenían que ver con un cambio de municipio, según explica Carmen Bujan.
La exención por entrega de acciones
La entrega de acciones a los trabajadores se hace más equitativa con el adelanto de la reforma. Y es que bajo la nueva normativa sólo quedarán exentas de tributar cuando la oferta se aplique a todos los trabajadores por igual. Dicho de otra forma, se terminan con los privilegios de la clase directiva en la retribución con acciones de la empresa.
Además, será necesario mantener los títulos durante un periodo mínimo de tres años.
Los gastos de estudio ya no serán retribución en especie
Cuando la empresa haga un desembolso para formar a los empleados y reciclar al personal, el dinero pagado ya no se considerará retribución en especie siempre que se trate de formaciones exigidas por sus actividades o puestos de trabajo.
Exención de los gastos de transporte
Por su parte, el dinero que los trabajadores reciban de forma directa o indirecta para desplazarse hasta el trabajo en transporte público quedarán exentas hasta los 1.500 euros.
lunes, 3 de agosto de 2015
ADIF zona centro: Servicio adjudicado Prosegur hasta agosto del 2016
Adif adjudica la seguridad en sus instalaciones de las zonas centro y sur
Hasta el 31 de agosto de 2016
Hasta el 31 de agosto de 2016
Adif
adjudica por 18,4 M€ los servicios de vigilancia y seguridad en
instalaciones ferroviarias de las zonas centro y sur.El contrato incluye
la protección de estaciones, terminales de mercancías y edificios
técnicos y administrativos, además de las infraestructuras ferroviarias.
Fuente: adif.es – 3 de Agosto de 2015
03/08/2015. El Consejo de Administración de Adif ha aprobado en su última reunión la adjudicación, por importe global de 18.430.235 euros (IVA incluido), del contrato de servicios de vigilancia y seguridad para las zonas centro y sur.
Este contrato, que abarca las comunidades autónomas de Madrid, Castilla-La Mancha, Extremadura y Andalucía, estará vigente hasta el 31 de agosto de 2016.
Los servicios contratados comprenden la vigilancia y seguridad en estaciones de viajeros, terminales de mercancías, edificios técnicos y administrativos, así como en infraestructuras viarias de las zonas centro (Madrid, Albacete, Cuenca, Toledo, Ciudad Real y Guadalajara) y sur (Jaén, Córdoba, Sevilla, Huelva, Cádiz, Málaga, Granada, Almería, Cáceres y Badajoz).
Fuente: adif.es – 3 de Agosto de 2015
03/08/2015. El Consejo de Administración de Adif ha aprobado en su última reunión la adjudicación, por importe global de 18.430.235 euros (IVA incluido), del contrato de servicios de vigilancia y seguridad para las zonas centro y sur.
Este contrato, que abarca las comunidades autónomas de Madrid, Castilla-La Mancha, Extremadura y Andalucía, estará vigente hasta el 31 de agosto de 2016.
Los servicios contratados comprenden la vigilancia y seguridad en estaciones de viajeros, terminales de mercancías, edificios técnicos y administrativos, así como en infraestructuras viarias de las zonas centro (Madrid, Albacete, Cuenca, Toledo, Ciudad Real y Guadalajara) y sur (Jaén, Córdoba, Sevilla, Huelva, Cádiz, Málaga, Granada, Almería, Cáceres y Badajoz).
Con la entrada en vigor de la Ley 5/2014 de seguridad privada, los servicios de vigilancia y seguridad deben ser obligatoriamente prestados por personal perteneciente a empresas privadas de seguridad.
El lote correspondiente a la zona centro se ha adjudicado a Prosegur España, por importe de 10.509.784 euros. Por su parte, el lote de la zona sur ha sido adjudicado a Seguridad Integral Canaria, por 7.920.451 euros.
martes, 21 de julio de 2015
lunes, 13 de julio de 2015
PREACUERDO CONVENIO SEGURIDAD PRIVADA
Nota informativa sobre el preacuerdo del Convenio de Seguridad Privada:
Acta de la reunión del 10 de julio.
Acta de la reunión del 10 de julio.
jueves, 9 de julio de 2015
jueves, 2 de julio de 2015
miércoles, 3 de junio de 2015
miércoles, 27 de mayo de 2015
VOTACIONES EN PROSEGUR ESPAÑA: TRANSPORTE DE FONDOS
Comienzan las elecciones sindicales en PROSEGUR ESPAÑA S.L. MADRID. La primera fecha el 3 de junio de 2.015 en Transporte de fondos. (blindados Vicalvaro). Para el resto de la compañia (Vigilancia etc...) la cita sera el 10 de junio de 2.015.
viernes, 8 de mayo de 2015
jueves, 7 de mayo de 2015
LLEGAN LAS ELECCIONES PROSEGUR MADRID
El 6 de mayo se ha constituido la mesa electoral, comenzando así el proceso de elecciones sindicales en Prosegur España S.L.U. Madrid
Después de barajarse un par de fechas se ha elegido el día 10 de junio de 2.015 como día de votación, el lugar de la votación se realizara en C/PAJARITOS 22 (gimnasio), en horario de 7,30 a 21:00 horas.
DISGREGACIÓN PROSEGUR ESPAÑA S.L.
En
el día 5 de mayo la dirección de la empresa comunicó oficialmente la
separación de Prosegur España, S.L. en tres lineas de negocio:
Prosegur España, S.L.
Prosegur Alarmas España, S.L.
Prosegur Soluciones Integrales de Seguridad España, S.L.
Según
lo reflejado en el documento adjunto "dicho ajuste no supone ninguna
modificación en las relaciones laborales de los trabajadores, ya que
mantendrán exactamente las mismas condiciones"...
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