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miércoles, 26 de octubre de 2016

¡Tenemos nuevo Comité de Empresa!



Compañeros y compañeras:

Desde el inicio de la presente legislatura del Comité de Empresa, la sección sindical de UGT se desmarcó del Comité de Empresa constituido por el resto de secciones sindicales, constituyendo uno diferente.

Hasta el día 24 de octubre han coexistido los dos, sin que la empresa adoptase una postura de legitimar al que estaba mayoritariamente constituido. Ya sabéis, “divide y vencerás”.

Nuestra sección sindical era consciente que esta situación perjudicaba los intereses de todos los trabajadores y trabajadoras, y, tras continuas peticiones a la empresa para que aceptase al Comité constituido por CCOO, ATES, USO Y ALTERNATIVA SINIDICAL, sin éxito, decidimos en la sección sindical de CC.OO. que la solución a esta situación totalmente anormal era presentar una demanda de tutela de derechos en vía judicial contra PROSEGUR y UGT, curiosamente éstos siempre van juntos.

Este proceso culminó en el Juzgado de lo Social nº 31 de Madrid el pasado día 19 de octubre.

Se adoptó por parte de todas las secciones sindicales el acuerdo de suprimir los dos Comités y elegir uno nuevo, siendo válidos los acuerdos que cada uno haya adoptado hasta la fecha.

Así, el pasado día 24 de octubre y en Comité de empresa constituido al efecto, se eligió nuevo Comité.

Se mantiene la Presidencia por CCOO, la Secretaría por USO y los delegados de salud laboral que ya existían en nuestro Comité.

Gracias a la decisión tomada por nuestra sección Sindical, se solucionó y desbloqueó una situación perjudicial para todo/as vosotros/as.

AHORA YA NO TIENEN EXCUSA! esperemos que se pongan a trabajar por el bien de todos los trabajadores.

Comunicación de despidos al Comité de Empresa

Compañeros y compañeras:

Hasta la fecha de hoy, la empresa comunicaba sólo en le comité de sanciones las faltas graves y muy graves, pero no comunicaba los despidos.

en nuestra Sección Sindical pensamos que esto había que cambiarlo, ya que, si no lo comunicaba, podía ocultar posibles situaciones de despidos colectivos.

Por ello solicitamos, a través del Comité de empresa, a la Inspección de Trabajo que resolviera a favor de que comunicase los mismos.

Y así ha sido. La Inspección de Trabajo ha emitido una resolución por la que obliga a la empresa a comunicar al Comité de Empresa los despidos que se produzcan.





lunes, 17 de octubre de 2016

Sentencia retribución en vacaciones Seguridad Privada

Estimadas compañeras y compañeros:


​H​a sido notificada la Sentencia dictada por el Tribunal Supremo que confirma la Sentencia de la Audiencia Nacional ante la demanda presentada por CCOO de Construcción y Servicios y otras organizaciones sindicales y en virtud de la cual se anuló el art. 45.2 del Convenio del sector de empresas de seguridad para el año 2015, debiendo incluirse en la retribución de las vacaciones, además de los conceptos incluidos en la tabla de retribuciones del Anexo, los demás complementos de puesto de trabajo contenidos en el art. 66.2 del Convenio.



Dado que, ante las reclamaciones individuales planteadas por los trabajadores y trabajadoras, algunas Empresas han opuesto la litispendencia de este asunto, ponemos en vuestro conocimiento que tal causa ha cesado por lo que procede reactivar las reclamaciones que estén en curso para su resolución definitiva. 

Adjuntamos la sentencia completa en la página "Sentencias interesantes"

viernes, 23 de septiembre de 2016

Solicitud supresión DNI en tarjetas identificativas AENA

Hemos solicitado a la compañía la supresión de este dato en dichas tarjetas, por analogía con la TIP.

Este es el documento de solicitud

 

miércoles, 20 de julio de 2016

Aplicación tabla salarial segundo semestre

La tabla salarial del Convenio Nacional para empresas de seguridad, ha sido fraccionada para este 2.016 en dos tramos, de enero a junio (aplicado hasta ahora) y de julio a diciembre (la que entra en vigor).

La tabla salarial que entra en vigor a partir de este mes de julio se encuentra con el aumento de la cuantía que percibimos por el Plus de Vestuario, en cada una de nuestras nominas mensuales (siendo por ejemplo para la categoría de Vigilante de seguridad un incremento de 23,50 euros). Con esto finaliza la devolución de las cantidades del plus de transporte y vestuario, de las pagas extras eliminadas en 2.013. A partir de ahora las pagas aparecerán sin dichos pluses para pasar a su aumento en el pago mensual.

En la tabla se puede observar dos columnas en amarillo donde se refleja dicho aumento.

El  actual convenio colectivo finaliza el 31 de diciembre de 2.016
 
 

LA AUDIENCIA NACIONAL AVALA LA NEGOCIACION COLECTIVA EN EL CONVENIO DE SEGURIDAD


martes, 21 de junio de 2016

Solicitud Placas TIP PVC

Desde esta sección sindical, tras conocerse que a los compañeros de blindados les van a proporcionar desde la empresa la placa de pvc, hemos presentado escrito solicitando que se entregue a todos los compañeros vigilamtes de seguridad.

Adjuntamos escrito:


viernes, 10 de junio de 2016

Denuncias presentadas a la Inspección de Trabajo

Aquí podéis ver las denuncias que se han presentado a la Inspección de Trabajo, relativas a permisos retribuidos, vacaciones y deficit de jornada. Todas ellas a través del comité de empresa de Prosegur SIS España - Madrid, promovidas por la sección sindical de CC.OO.









¡HASTA AQUÍ HEMOS LLEGADO... ESTAMOS CANSADOS DE MENTIRAS Y DE QUE NOS METAN LA MANO EN LOS BOLSILLOS!

Compañer@s, os suenan las frases mágicas de los gestores:

“Debías horas de otros meses... y por eso no te pago las horas extras de este mes".

“Debías horas del año pasado”...y por eso no te pago las horas extras de este mes.“

"Te hemos puesto vacaciones para llegar a las horas..y decido yo cuando te vas de vacaciones con tu pareja e hijos“

"los permisos retribuidos computan a 5 horas..y no al número de horas que tengas asignadas en cuadrante y si generas déficit volvemos al primer punto."
 
Pues bien, desde la Sección Sindical de CCOO nos hemos cansado de estos mamoneos y hemos pasado a la acción.
 
1º Hemos promovido desde el comité de empresa la interposición de varias denuncias en la inspección de trabajo.

2º Pedimos a todos los compañer@s que cuando un gestor os diga alguna de las frases antes indicadas, os pongáis en contacto con nosotros.

 
Seguiremos informando.

"Los derechos se toman, no se piden: se arrancan, no se mendigan"

                                           José Martí

miércoles, 8 de junio de 2016

Nuevas habilitaciones T.I.P. sin número de DNI

El Tribunal Supremo ratificó la Sentencia dictada por la Sección 5ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la audiencia nacional, donde dice que debe ser eliminado de la tarjeta TIP el DNI.

La Agrupación de Seguridad Privada de CC.OO. nos comunica que todavía no ha recibido instrucciones de la UCSP, de cómo se va a proceder ni qué documentación se va a exigir para la sustitución de la TIP.

De momento, no hay que acudir a dicha Unidad, hasta que no se reciba la confirmación  y la información de la documentación que se va a exigir para dicho canje.

Ya nos informarán de cuándo se procederá a la sustitución  de la TIP.

Entendemos que la sutitución deberá ser gratuita.

Os mantendremos informados

viernes, 3 de junio de 2016

Duro varapalo para la Empresa Marsegur

La Audiencia Nacional anula el Convenio de la Empresa Marsegur, dedicada a la prestación de servicios de seguridad privada y quien, según la propia sentencia, aplicaba a sus trabajadores y trabajadoras un convenio negociado de forma ilegal con mermas económicas, en comparación al Convenio Nacional de Empresas de Seguridad Privada, superiores a los 300 euros mensuales.

La demanda, presentada por CCOO de Construcción y Servicios, en conjunción con otras organizaciones, exigía que se dictaminara, por parte de ese Tribunal, la ilegalidad del Convenio de Marsegur, obligándole a aplicar a sus trabajadores y trabajadoras el acuerdo estatal.

Esta sentencia, en opinión de José Manuel Ojeda, Secretario General de CCOO y Servicios en Canarias, representa un duro golpe a esa Empresa, quien ha demostrado no tener escrúpulos a la hora de reducir los derechos laborales de su plantilla con el único propósito de aumentar su ventaja frente a otras en las licitaciones de las Administraciones Públicas, facilitando su auge en buena parte del territorio nacional.

jueves, 2 de junio de 2016

5 puntos que debe cumplir una subrogación

Toda subrogación de servicios debe contener los siguientes puntos:

1.- El cambio de titularidad de la empresa no extinguirá la relación laboral, por lo que no hay que firmar documento alguno que lleve implícita la renuncia de cualquier derecho que tengamos reconocido en la anterior empresa.

2.- La antigüedad mínima real de los trabajdores afectados en el servicio objeto de subrogación, deberá ser de 7 meses.

3.- Procederá la subrogación cuando la antigüedad en la empresa y en el servicio coincidan, aunque aquella sea inferior a 7 meses.

4.- La empresa cesante tendrá la facultad de quedarse con todos o parte de los trabajadores afectados por la subrogación.

5.- Cuando se nos haga entrega del recibo del finiquito siempre hay que firmarlo con el NO CONFORME, para dejar siempre abierta la posibilidad para demandar por posibles impagos. También puedes solicitar la presencia de un representante de los trabajadores a la hora de firmar el finiquito

Aclaración sobre períodos de recuperación de jornada

Os queremos recordar que el periodo para recuperar jornada se puede producir en dos casos:

1.- Si disponéis de cuadrante anual, entregado a vosotros personalmente (seguramente poco probable), existe un plazo de 1 año para recuperar jornada y que se aplique la horquilla en el mismo.

2.- Si no disponéis de cuadrante anual, el plazo es de dos meses posteriores al mes en el que no se ha llegado a 162 horas.

Si desde Operaciones os dicen que tenéis que recuperar jornada de años anteriores, o de hace más de dos meses sin cuadrante anual o cualquier asunto diferente a los dos citados, poneros en contacto con nosotros para reclamarlo y que no os apliquen medidas que perjudiquen vuestros derechos


Aclaración sobre permisos retribuidos

Nos están comunicando los compañeros/as, que, ante la petición de permisos retribuidos, en el Departamento de Operaciones les dicen que existe un acuerdo con el Comité de Empresa de que, si el permiso retribuido genera horas extras, no se paga, y si existe déficit de horas, sí.

Desde esta sección sindical os queremos confirmar que es totalmente falso que exista ese acuerdo con el Comité de Empresa.

La empresa ha cambiado unilateralmente el procedimiento de abono de los permisos retribuidos.

Esta sección sindical entiende que  el procedimiento realizado perjudica los derechos de todos los compañeros, por lo que hemos instado al Comité de Empresa a que presente denuncia en la Inspección de Trabajo.

Os informaremos del resultado de las gestiones.

martes, 24 de mayo de 2016

Empresas incumplidoras se postulan para la vigilancia privada de las Consejerías de la Comunidad de Madrid

CCOO de Construcción y Servicios de Madrid junto a otros sindicatos con representación en el sector, ha registrado un escrito mostrando su preocupación ante las diferentes Consejerías de la Comunidad de Madrid, al conocerse que empresas como Marsegur y Sinergia de vigilancia y seguridad (que no cumplen el Convenio Colectivo) habían quedado postuladas en el concurso como las empresas con más posibilidades de cara a la adjudicación final

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Empresas incumplidoras se postulan para la vigilancia privada de las Consejerías de la Comunidad  
 
Empresas incumplidoras se postulan para la vigilancia privada de las Consejerías de la Comunidad
El personal de los servicios de seguridad privada de las Consejerías de Economía, Empleo y Hacienda y Educación, Cultura y Turismo de la Comunidad de Madrid son los principales afectados en caso de que finalmente Marsegur y Sinergia se hagan cargo del servicio, ya que estas empresas no aplican el Convenio Colectivo Estatal de Seguridad Privada. Los trabajadores verán reducidas sus condiciones laborales y sobre todo económicas hasta en un 30% porque la Administración contrata a la empresa más barata sin importarle que no pague los salarios o no cumpla con la legislación.

El problema no es nuevo, por este motivo han tenido lugar concentraciones frente a la Asamblea de Madrid para exigir que se contraten empresas que cumplan. Incluso está aprobada por la Asamblea una Proposición no de Ley para regular los concursos de servicios de seguridad privada y exigir unos requisitos mínimos, como el cumplimiento del Convenio Colectivo.

A la espera de que la ley se materialice, la Administración se comprometió ante el Instituto Laboral a que la nueva adjudicataria cumpliera el Convenio Colectivo estatal así como a escuchar a los representantes sindicales con anterioridad a una nueva contratación.

Esto ocurrió durante la adjudicación por un procedimiento de urgencia, por tres meses, de una empresa, ya que la anterior no pagaba. Ahora, en el procedimiento de adjudicación ordinario, la Administración parece olvidarse de sus compromisos y vuelve a cometer los mismos errores.

Por ello CCOO recuerda las resoluciones judiciales que hay contra estas empresas (Marsegur y Sinergia de Vigilancia y Seguridad) por este motivo.

CCOO de Construcción y Servicios de Madrid quiere que en la nueva adjudicación se apliquen los compromisos aceptados por la Administración en el Instituto Laboral para el procedimiento de urgencia y se contraten empresas que cumplan con la legislación vigente y respeten los derechos de laborales.

jueves, 5 de mayo de 2016

COMUNICADO COMITE EMPRESA PROSEGUR SIS ESPAÑA S.L.

El Comité de Empresa de Prosegur SIS España S.L. de Madrid, ha emitido un comunicado donde se informa de la situación actual del comité de empresa  y del conflicto creado de manera torticera por los "compañeros" de la UGT. No es grato entrar al juego en descalificaciones y en el "y tu mas". Al final hay que poner las cosas en su sitio. En beneficio de los compañeros que formamos Prosegur SIS España y para minimizar la confusión que esta generando actitud de UGT, el Comité de Empresa se ha visto en la obligación de emitir el siguiente comunicado:



martes, 26 de abril de 2016

La Asamblea de Madrid aprueba una proposición no de ley para garantizar el Convenio Colectivo en la contratación de servicios de seguridad privada

Los grupos parlamentarios de Ciudadanos, Podemos y PSOE recogen el malestar de los sindicatos con presencia en el sector de la seguridad privada, con especial mención al trabajo de realizado por CCOO, y sacan adelante, con la abstención del PP, un proyecto no de ley para garantizar el cumplimiento del convenio colectivo en las contrataciones de la administración autonómica de Madrid en materia de seguridad privada


La Asamblea de Madrid aprueba una proposición no de ley

La salud en el trabajo depende de leyes firmes, controles rigurosos y sindicatos fuertes

Como cada 28 de Abril, Día Internacional de la Salud y la Seguridad en el Trabajo, CCOO y UGT vamos a recordar a las trabajadoras y los trabajadores que fallecieron o perdieron la salud mientras se ganaban la vida y nos comprometemos a luchar durante el resto del año para acabar con la precariedad, la desigualdad y las injustas condiciones de trabajo que se encuentran tras los accidentes y las enfermedades de origen laboral.