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viernes, 5 de abril de 2013

RESOLUCION DEL MINISTERIO DE EMPLEO

Tras la renegociación del Convenio Colectivo, el Ministerio de empleo pone impedimentos para su publicación, en cuanto a la redacción del articulo 14, en su apartado B.2:

"Cuando se produzca una subrogación, el personal objeto de la misma deberá mantener, al menos, las condiciones económicas y sociales de este Convenio, aunque la empresa entrante viniese aplicando a sus trabajadores condiciones inferiores."

Dicho Ministerio, nos recuerda la nueva reforma laboral del Estatuto de los Trabajadores, donde se da prioridad a los Convenios de Empresa, frente a los Estatales (cosa que no ocurría antes de la nueva Reforma Laboral), por lo que indican que SI nos pueden aplicar condiciones económicas y sociales inferiores.



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