Después de la renegociación del
Convenio Colectivo, el artículo 41.
Jornada de trabajo, queda de la siguiente manera:
“La jornada de trabajo será de 1.782 horas anuales de trabajo efectivo
en computo mensual, con una horquilla de 144 a 176 horas, excepto en el mes de
febrero que será de 134 a 162. En caso de contratación a tiempo parcial esta
horquilla se ajustara proporcionalmente a las horas contratadas. No obstante,
las Empresas, de acuerdo con la Representación de los Trabajadores podrán establecer
formulas alternativas para el cálculo de la jornada mensual a realizar”
“La aplicación de esta forma de distribución irregular de la jornada
mensual no implicara variación alguna respecto de la forma en que se devengan y
abonan las remuneraciones ordinarias pactadas en el convenio, debiendo
percibirse la remuneración de las tablas salariales fijadas en el convenio, con
independencia del número de horas efectivamente realizadas.”
En otra parte de este artículo se
indica:
1. A 31/12/2013 el 35% de los servicios de
la empresa dispondrá de cuadrante anual.
2. A 31/12/2014 el 65% de los servicios dispondrá
de cuadrante anual.
Esta novedad como hemos podido
comprobar puesto que ya ha sido aplicada por Prosegur en la nomina de Abril. En la misma se puede observar que solo se
abonan horas extras a mes vencido las que superan la horquilla de 176 horas
mensuales.
Reunidos con la empresa para
aclarar cómo van a aplicar este artículo, nos informan:
- Facilitaran cuadrantes dentro de la horquilla, en ningún caso inferior a 144 horas mensuales. (Excepto febrero 134 horas)
- Abonaran a mes vencido todas las horas que superen las 176 mensuales. (Excepto febrero 162 horas).
- Todos los complementos realizados con las horas extras serán abonados a mes vencido (nocturnidad, peligrosidad cuando se dé el caso, festivos, etc.
- El resto del cálculo será anual y se abonaran todas las horas que superen las 1782 al finalizar el año en la nomina de enero de 2014. No se compensan estas horas con días libres.
- Se empezará con la implantación de cuadrantes anuales a partir del 1 de junio de 2.013.
Se generaron diversas cuestiones pendientes de responder o llegar a un acuerdo
con la empresa:
- Como será el pago de los Permisos retribuidos.
- Abono de las horas extras a mes vencido donde este implantado el cuadrante anual y se sepa que los asignados a ese cuadrante superan las 1782 horas anuales.
Informaremos de estas y mas
cuestiones que se generen sobre este tema.
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