martes, 29 de diciembre de 2020
miércoles, 30 de septiembre de 2020
domingo, 27 de septiembre de 2020
viernes, 25 de septiembre de 2020
miércoles, 16 de septiembre de 2020
miércoles, 9 de septiembre de 2020
miércoles, 29 de abril de 2020
domingo, 12 de abril de 2020
jueves, 9 de abril de 2020
miércoles, 8 de abril de 2020
viernes, 3 de abril de 2020
ERTE PROSEGUR SIS. Primera reunión
El día 3 de abril se ha celebrado la
primera reunión de la comisión negociadora del Expediente de Regularización
Temporal de Empleo (ERTE) presentado por Prosegur
Soluciones Integrales de Seguridad España S.L.
La comisión negociadora por la parte social
está compuesta por CCOO, UGT, USO Alternativa Sindical y CIG.
Desde nuestra Sección Sindical queremos
tranquilizar a todos los compañer@s, por lo que seremos prudentes a la hora de
trasmitir información. Somos muy conscientes de la situación actual y por ello,
pedimos al resto de opciones sindicales unidad de acción y que estemos a la
altura de las circunstancias.
La representación de la empresa nos ha trasladado
que el motivo de tomar la decisión de realizar un ERTE no es otro que la actual
situación de crisis generada por la pandemia mundial del COVID-19, que en
nuestro ámbito se ha trasladado en un considerable incremento de la
reducción/eliminación de horas contratadas por los clientes y que la medida se
toma con la finalidad de para poder garantizar la viabilidad de la compañía.
En la documentación que ha aportado la
empresa, según establece la Ley para este tipo de casos, traslada que existe
una pérdida de 422.136 horas de servicio
contratadas y un déficit de 127.566 horas de servicio producidas en cómputo
mensual a nivel Estatal.
Desde CCOO nuestra línea de negociación
será y así plantearemos en la próxima reunión convocada para el día 6 de abril.
·
Retirada del ERTE presentado por la Empresa
y estudio de otras medidas
menos lesivas.
¡QUÉ LOS TRABAJADORES NO PAGUEN ESTA CRISIS!
SUSPENSIÓN EJERCICIO 1 SEMESTRE / RENOVACIÓN LICENCIA
El 14 de marzo se declaro el estado de alarma, por lo que a partir de este momento se suspenden los plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos durante el plazo de vigencia del estado de alarma.
Que afecta a los vigilantes de Seguridad:
jueves, 2 de abril de 2020
ERTE Prosegur
El 25 de marzo Prosegur comunico a todas las secciones sindicales, así como a sus comités de empresa la intención de realizar un ERTE (expediente de regulación temporal de empleo).
Una vez constituida la mesa negociadora, se ha fijado el viernes 3 de abril la primera de las reuniones. En esta primera reunión la empresa facilitará la documentación / información que la ley establece para estos casos.
martes, 17 de marzo de 2020
Reunión motivo: CORONAVIRUS
Con fecha 12 de marzo de 2.020, se ha
mantenido una reunión con la empresa con objeto de tratar la situación actual
respecto al nuevo coronavirus (SARS-COV-2).
Antes de nada,
indicar que, desde el Ministerio de Sanidad, han calificado al Personal de
Seguridad Privada como Baja Probabilidad de exposición, motivo por el cual no
existe indicación alguna del Ministerio de Sanidad o del Ministerio del
interior sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas adicionales para el
personal de seguridad privada. Ante este criterio del Ministerio (que
seguramente desconoce al completo nuestra actividad) podemos estar o no de
acuerdo, pero lo que si queremos hacer es un llamamiento a la calma.
De lo tratado en
la reunión y respecto a nuestras relaciones laborales con la empresa, indicaros
lo que pasaría en el caso de contagio:
- El trabajador afectado. Baja y percibiría el 75% de la base reguladora, abonada por la Seguridad Social.
- Trabajadores que han mantenido contacto estrecho con el trabajador afectado. Ante este supuesto se dan los siguientes casos:
1. Aislamiento Preventivo decretado por la
autoridad sanitaria. En este caso la seguridad social abonaría el 75 % de la
base Reguladora.
2. La autoridad Sanitaria determina que no es
necesario el aislamiento preventivo, pero la empresa decide que se quede en
casa. En este caso la empresa abonara el salario al trabajador.
3. Que la autoridad Sanitaria determine que no es
necesario el aislamiento y la empresa esté de acuerdo. Se incorpora a su puesto
de trabajo.
- Tengo fiebre y comunico la no asistencia a mi puesto de trabajo. En este caso la empresa NO SANCIONARA y aplicara un permiso sin retribuir. Si finalmente aporta la baja se le abona dependiendo de la patología (COVID-19 el 75% base reguladora o IT normal).
Otra duda que se
nos ha planteado, dado que son muchos los clientes que han reducido o cesado su
actividad, conllevando una reducción en el servicio que se venía prestando, es
lo que pasaría con los vigilantes que temporalmente se quedaran sin servicio. En este caso la empresa nos informa que no
tiene la intención de aplicar ningún ERTE (Expediente de regulación de
empleo que supone la suspensión temporal del trabajo), se buscaran otras
soluciones siendo la del ERTE la última opción.
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