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martes, 12 de junio de 2012

HORAS EXTRAS: PROSEGUR ABRE de nuevo LAS PUERTAS PARA LLEGAR A ACUERDOS EXTRAJUDICIALES.


Sobre el conflicto de horas extras, podemos decir que está prácticamente acabado. Para nuestra desgracia no es como esperábamos.

Diversas sentencias del tribunal supremo dan la razón a como realiza el pago PROSEGUR de las horas extras, y a como lo viene realizando desde el 2009, salvo algunas excepciones. PROSEGUR ha dado en el clavo, en los cálculos que realizó para abonar extrajudicialmente a los compañeros que quisieron llegar a un acuerdo, ya que estos cálculos son los que se están dando por validos a partir de ahora en los juzgados de lo social.

De la euforia que teníamos en años anteriores, donde diversos tribunales superiores de justicia se ponían de nuestro lado al incluir en el precio de la hora extra conceptos como la nocturnidad y festivos realizados en nuestra jornada laboral, a la decepción que han supuesto  las sentencias del Tribunal Supremo donde ya no cabe ningún recurso y que han servido de base para la redacción del artículo 42 de las horas extraordinarias del actual convenio colectivo. Si tan claro lo tenía el Tribunal Supremo, podría haber hecho el esfuerzo de decirlo desde un principio y nos habríamos ahorrado todos, trabajadores, sindicatos y juzgados, tiempo y esfuerzos.

A partir de ahora nos podemos encontrar en las sentencias textos, como ha ocurrido recientemente, donde indican:

“Aunque no se ha solicitado ni insinuado en el acto del juicio, no es sostenible ni admisible la postura actora (demandante), una vez conocida la decisión del T.S. que fija y aclara los conceptos incluibles para calcular la hora ordinaria, sin que sea posible seguir manteniendo el mismo debate, y podría apreciarse el supuesto del art. 97.3 L.P.L. lo que se deja indicado para conocimiento de la parte actora que con su actitud está retrasando el pago a los trabajadores y obliga a celebrar un juicio cuyo resultado conoce de antemano.”

Resumiendo, podemos tener problemas de que se nos acuse de temeridad con la consiguiente multa, por demandar cuando se sabe de antemano que se va a perder, o hacer que se celebre el juicio aun sabiendo el resultado.

En vista de estos  acontecimientos PROSEGUR-Madrid ha decidido llegar a un acuerdo con los trabajadores que tengan interpuesta demanda por las horas extras, con los cálculos que en su día realizaron que se ajustan a lo que desgraciadamente ha dictado el Tribunal Supremo reiteradamente en varias sentencias. Para aquellos compañeros que ha realizado la demanda a través de CC.OO. contra PROSEGUR y están a la espera de juicio, se pueden poner en contacto con esta sección Sindical para ampliar esta información y valorar la posibilidad o no de llegar a un acuerdo extrajudicial.

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