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lunes, 12 de noviembre de 2012

SERVICIOS MINIMOS SEGURIDAD PRIVADA: HUELGA 14 NOVIEMBRE 2012

Resolución de 12 de Noviembre, de la secretaria de estado de seguridad, por la que se determina el porcentaje del personal de Seguridad Privada adscrito a los servicios esenciales, durante el desarrollo de la huelga general, convocada, en el ámbito nacional para el día 14 de noviembre de 2.012.

1.- El 100% del personal que preste servicios de protección de personas, incluyendo los servicios prestados en buques pesqueros o mercantes que navegen bajo bandera española con armas de guerra.

2.- El 85% del personal que preste servicios de seguridad:
  • En las actividades de deposito, custodia, recuento y clasificación de monedas, billetes y demás objetos valiosos o peligrosos, así como en el transporte o distribución.
  • En los Bancos, Cajas de Ahorro, Entidades de crédito y en todos aquellos establecimientos, instalaciones o actividades en los que el servicio de seguridad se haya impuesto en general, con carácter obligatorio.
3.- El 85% del personal que preste servicios de seguridad:
  • En instalaciones Petroquimicas, refinerías y depósitos de combustibles.
  • En centrales e instalaciones nucleares. En todo caso comprendera la dotación mínima necesaria determinada por el consejo de seguridad nuclear para la protección física de las instalaciones, actividades y materiales nucleares.
  • En las fabricas de armas de fuego,en la de explosivos y en sus almacenamientos.
  • En las actividades de trasformación, deposito, transporte y distribución de materiales inflamables.
  • En servicio de suministro y distribución de agua, luz y electricidad.
  • Centrales de alarma.
 4.- El 85% del personal que preste servicios de seguridad:
  • En los transportes publicos (puertos, aeropuertos, ferrocarriles, etc.) y en los centros de telecomunicaciones.
  • En los centros y sedes de medios de comunicación social.
5.-  El 50% del personal que preste servicios de seguridad privada en hospitales, Juzgados y Tribunales y dependencias de las Administraciones Publicas.

6.- Los porcentajes establecidos en los apartados anteriores, comprenderan en todo caso, como mínimo, un vigilante de seguridad.
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